Publicado: 25 de septiembre de 2026
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En: Nacionales

¿CUÁLES VEHÍCULOS ENTRAN EN LA NORMATIVA?

Todos los de de carga pesada que tengan un peso igual o superior a las tres toneladas y media.

HORARIOS ESTABLECIDOS

En la capital tienen permitido transitar únicamente de lunes a viernes en dos bloques horarios:

De 6:00 a.m. a 9:00 a.m. y de 5:00 p.m. a 7:00 p.m.

DÍAS Y HORAS RESTRINGIDAS

  • Lunes a viernes (días laborables): Prohibido circular fuera de las ventanas permitidas (6:00 am – 9:00 am y 5:00 pm – 7:00 pm).
  • Domingos y feriados: El tránsito se permite desde la 1:00 a.m. del domingo hasta la 1:00 a.m. del siguiente día laboral en autopistas y troncales nacionales.
  • Avenida Boyacá (Cota Mil): Prohibición absoluta las 24 horas, los 365 días del año.

RUTAS AUTORIZADAS PARA TRANSITAR EN CARACAS

  • Autopista Regional del Centro (Tramo Miranda – Tazón – Caracas).
  • Autopista Gran Mariscal de Ayacucho.
  • Carretera Panamericana.
  • Autopista Caracas – La Guaira (hasta la Av. Sucre).

EXCEPCIONES

Quedan exentas de estas normativas las unidades que trasladan:

  • Alimentos perecederos y no perecederos.
  • Medicinas, insumos médicos y gases hospitalarios.
  • Combustible, gas doméstico y agua potable.
  • Unidades de emergencia, seguridad o asistencia vial.

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